17 de junio de 2023
Ya tengo mi plaza

Ayer salieron las listas definitivas de seleccionados en el concurso de méritos derivado del "procedimiento extraordinario de estabilización" para el ingreso al cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria en la Comunidad Valenciana. Aparezco en el puesto 37 en la especialidad de Lengua Castellana y Literatura, de las 278 plazas que había. No ha sido sólo la experiencia docente lo que me han computado, sino mi expediente académico, mis cursos de formación y mi Diploma de Estudios Avanzados.

Este concurso trae causa de la llamada "ley Iceta", que a su vez vino obligada por sentencias del TJUE, que a su vez fueron motivadas por las denuncias del abogado Javier Araúz. Fueron dos juezas interinas las que visitaron el despacho de Araúz, hace ya más de una década, para pedirle que denunciara ante la UE la continua renovación de sus cargos interinos, amparándose en la Directiva 1999/70/CE, que prohibe el abuso de la temporalidad en los puestos de trabajo. Era obvio y evidente que en la función pública se abusaba de la interinidad, se habían montado dos castas tipo Apartheid con la excusa de los exámenes de acceso, cuando nadie controlaba que en esos exámenes apareciesen realmente las plazas que se necesitaban. Aquella situación se venía arrastrando durante décadas e incluso la mayoría de interinas habían interiorizado su inferioridad y no sabían cuestionar el sistema. Araúz emprendió una batalla quijotesca contra un leviatán que parecía inexpugnable.

Pero, a partir de 2017, las informaciones que llegaban de Bruselas confirmaban esa ilegalidad y Cristóbal Montoro, entonces ministro de Hacienda, comenzó a hablar de sacar todos los puestos de trabajo de los interinos a oposición, sin ninguna indemnización ni medida para consolidarlos en sus puestos. Esto fue muy divertido, porque este miserable parecía reconocer la ilegalidad pero no contemplar ninguna compensación para los que la habían sufrido.

Yo me presenté a una de esas oposiciones en 2019 y comprobé que los tribunales filtraban a los interinos a base de endurecer anormalmente la parte memorística, para que luego no hubiese fase de concurso y quedaran menos opositores que plazas disponibles. Y aunque yo pude pasar esa parte memorística, incluso con la cuarta mejor nota de ese tribunal, igualmente fui filtrado más tarde en la parte oral, me quitaron el guion y me estuvieron haciendo burlitas para despistarme. La presidenta del tribunal me tomó el DNI y luego llamó a otro opositor, que se llamaba Alberto Noguera Gómez, para preguntarnos por qué había dos "albertos noguera". Pues no sé por qué los había, tal vez porque se quería filtrar a uno de los dos y había que asegurarse de cuál era.

En octubre de 2019 por fin aparece la sentencia del TJUE motivada por las denuncias de Araúz. La ponente Juliane Kokott reconoce la abierta ilegalidad de lo que se está llevando a cabo en España, pero no obliga a regularizar automáticamente a los trabajadores abusados, porque esto colisiona con la normativa española, sino que obliga a unas indemnizaciones económicas bastante cuantiosas, de hecho inasumibles a tenor de la situación de continuo déficit público de España. La ministra de Función Pública en aquel momento era Carolina Darias, mosquita muerta mentirosa que estuvo dando largas sin pagar ni hacer nada. Sánchez la quitó y puso a Miquel Iceta para resolver la situación, pero Iceta sacó una ley para seguir adelante con la convocatoria de oposiciones masivas y amañadas, discriminando a la gente de mayor edad para mandarlos al paro con 50 años a malvivir y quedarse sin pensión. Iceta planteó una indemnización tipo despido para el que se quedase en la calle, que no era ni de lejos lo que Kokott había ordenado, y usó artificios jurídicos para esquivar la sentencia del TJUE y largar rápido a los que sobraban, es decir, que las consecuencias de los abusos las pagarían los abusados, sin que asumiese ninguna responsabilidad ni la administración abusadora, ni los cargos que habían sido responsables, ni los empleados de la casta A que se habían beneficiado de los abusos. El escándalo fue tal que Sánchez lo destituyó casi inmediatamente.

Y aquí Araúz ya quedó atascado, no se podía por la vía jurídica avanzar más. Pero ahí entró en juego la vía política, encabezada por ERC y Compromís, socios necesarios de Sánchez, que exigieron una solución para sus interinos, entre otras cosas porque las bolsas de interinidad en sus comunidades eran aún más escandalosas, especialmente en el caso de Cataluña, que durante muchos años no había sacado casi plazas porque preferían tener funcionarios autonómicos que funcionarios del Estado. El caso es que Sánchez ahí se da cuenta de que ni puede pagar las indemnizaciones ni puede reponer a toda esa cantidad de docentes y sanitarios que se irían al paro, porque las oposiciones estaban ya dejando una gran cantidad de plazas desiertas, y decide activar el artículo 61.6 del EBEP y convocar un concurso de méritos. La suerte es que ahí Iceta ya estaba dedicado a los deportes y en su lugar estaba María Jesús Montero, que como buena cirujana actuó rápida y certeramente, en una sola ley muy breve modificó el EBEP para atajar los abusos a futuro, convocó el concurso de méritos, arregló la situación en los ayuntamientos, encajó la legislación española con la sentencia del TJUE, evitó un grave problema de falta de personal en los servicios públicos y ahorró prácticamente todas las indemnizaciones a las arcas del Estado.

La pelota pasa en ese momento a las autonomías, y ahí hay diversidad de criterios, unas sacan muchas plazas y otras racanean. En Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, Andalucía y Canarias se han sacado bastantes plazas. En Aragón, La Rioja, Asturias, las dos Castillas, Extremadura y Murcia se ha racaneado. En Madrid, Ayuso se ha estirado un poco, pero demasiado poco.

El sistema planteado por el Ministerio de Educación ha funcionado muy bien y se ha podido un interino presentar en varias comunidades al mismo tiempo. Algunas comunidades, como Cataluña, han ido un poco por libre y han planteado sus propios procedimientos. Yo me he presentado en Cataluña y Comunidad Valenciana, lo que ha hecho que después de 17 años trabajando sin plaza fija me haya encontrado con que tenía dos, pero no ha habido problema en renunciar a Cataluña, y si no me habría ido a la Cerdanya, a la Seu d'Urgell, que lo tenía ya pensado.

Pero ahora no es el momento aún de celebraciones, porque falta lo más importante, que es la obtención de un destino definitivo. Los que hemos superado el concurso de méritos vamos a ser nombrados funcionarios de carrera el 1 de septiembre, sin pasar por la fase de prácticas. Esto lo comprendo perfectamente, porque el concurso de méritos ha venido simplemente a reconocer de derecho situaciones de hecho, pero hay gente que no lo comprende todavía. Las jovenzuelas que se beneficiaron de la salida a oposición de nuestros puestos de trabajo, obteniendo plazas con un simple 5 cuando nosotros en nuestros primeros años habíamos obtenido notas superiores al 7 sin plaza, reclaman ahora que vayamos al concurso de traslados con 0 puntos para poder seguir discriminándonos incluso después de haber sido nombrados funcionarios de carrera. Y esto, como era previsible, lo apoyan todos los sindicatos, como en su momento apoyaron nuestro despido y la oferta masiva de plazas a oposición libre (después, obviamente, de no haber nunca protestado por las escasas ofertas de plazas en los años anteriores).

Salen algunas noticias indicando que "docentes de toda España se han movilizado" y se han puesto a enviar cartas al Ministerio de Educación pidiendo que sigan las discriminaciones, y esto lo fundamentan en que ha aparecido recientemente una sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a los interinos y que obliga a computar nuestra experiencia en los concursos de traslados, es decir, que como el Supremo dictamina una cosa que a ellos no les conviene, pues se ponen a pedir cambios normativos para dejar sin efecto esa sentencia, a ver si pueden conseguir otro fraude de ley como el que venían arrastrando desde 1999.

Leed bien lo que ponen en ese escrito:

Puesto que los estabilizados se convertirán a todos los efectos en funcionarios/as, pero sin pasar por el año de prácticas y sin concursar con 0 puntos en su primer concurso, y debido a la sentencia del TS que dictamina que se computen todos los años de interinidad como experiencia, competirán por las mismas plazas que aquellos que sí nos sometimos a un proceso costoso como es el concurso-oposición. En definitiva, las reglas han cambiado en mitad de la partida, y los perjudicados somos nosotros y nosotras.
La sentencia del Supremo que citan es la STS 3176/2022, que concluye lo siguiente:
La valoración de los servicios prestados como funcionario de carrera, personal fijo, y como funcionario interino o personal de duración determinada, no pueden ser objeto de valoración diferente, ya sea obviando el trabajo desarrollado por los funcionarios interinos, ya sea confiriendo al mismo menor puntuación, siempre y cuando se refieren a los mismos puestos de trabajo mediante la realización de las mismas o asimiladas funciones. La solución contraria a la expuesta supondría incurrir en un trato discriminatorio que proscribe la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, a tenor de la jurisprudencia del TJUE en los términos expuestos en el fundamento anterior.
Lo que dice el Supremo no puede ser más claro, y eso que ese tribunal no se ha destacado precisamente por apoyar a los interinos, pero es que el TJUE no da escapatoria, cualquier artimaña normativa para evitar el cumplimiento de esa sentencia la vamos los interinos a reclamar y ganaremos con un 100% de seguridad, a ver de qué manera van a justificar el discriminar a unos funcionarios de carrera con respecto a otros que son exactamente lo mismo por el único motivo de su sistema de acceso, cuando los dos sistemas son perfectamente legales y están aprobados normativamente.

La ministra Pilar Alegría cuando vio esa sentencia rápidamente presentó una propuesta de modificación del RD 1364/2010, que es el que regula los concursos de traslados, lo sacó ya como proyecto de real decreto desde septiembre de 2022, pero ha estado bloqueada y entre dudas, hasta que Sánchez ha apretado el botón del pánico y ahora no se puede legislar nada hasta que no entre Feijoo.

Como yo sabía que los sindicatos estaban volviendo a hacer de mafiosos contra todo principio jurídico, envié también una carta a la ministra, a través del procedimiento habilitado en la web del Ministerio, que os incluyo a continuación:

Quería dirigirme a la Sra. Ministra de Educación doña Pilar Alegría. A partir de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, se abrió una vía para la estabilización del empleo temporal de larga duración en la administración pública por el sistema de concurso de méritos. Este concurso, en el caso de la función docente, vino regulado por el RD 270/2022, que modificaba el RD 276/2007 y que estableció claramente que el concurso no incluiría una fase de prácticas y que las personas que superasen el concurso serían nombradas directamente funcionarias de carrera. Esto vino motivado por las sentencias del TJUE en las que dictaminaba que España había estado incumpliendo durante más de dos décadas la Directiva 1999/70 CE relativa a los contratos de duración determinada. El espíritu del RD 270/2022 ha sido regularizar de derecho situaciones de hecho que se alargan durante muchos años, y al mismo tiempo encajar esta regularización en la Constitución. Entiendo que no se ha establecido una fase de prácticas porque, dados los apartados del baremo y la cantidad de empleados temporales interesados en regularizar su situación, va a ser imposible que ningún profesor obtenga plaza sin haber prestado servicios en centros públicos durante cinco años o más.

Unos meses más tarde, el 22 de septiembre, ha aparecido una sentencia del Tribunal Supremo en la que, como era previsible, se prohíbe seguir discriminando a los funcionarios de carrera que previamente han sido interinos y declara contrario a la Directiva 1999/70 CE el ignorar los años de interinidad en el baremo del concurso de traslados. Esta situación la conoce perfectamente el Ministerio y ese mismo 22 de septiembre convocó a los sindicatos a una mesa sectorial para informar de que se iba a proceder a modificar el baremo del Real Decreto del Concurso General de Traslados.

Ante esto, los sindicatos de docentes han reaccionado del mismo modo que cuando el TJUE emitió su sentencia declarando a los interinos personal en abuso, es decir, con intentos de bloquear el cumplimiento de las sentencias y proponiendo fórmulas para dejarlas sin efecto.

Por ejemplo, el STEPV, sindicato de la Comunidad Valenciana, ha solicitado mediante su "intersindical" STE una reunión con la Sra. Ministra para tratar de convencerla para que los interinos que superen el concurso de méritos y vean estabilizada su situación después de décadas de abusos deban concursar con cero puntos como los funcionarios en prácticas, cuando ya las normas de ese concurso los eximen de la fase de prácticas precisamente con la intención de regularizar su situación lo antes posible. No se entiende en qué van a fundamentar una discriminación tan clara entre funcionarios de carrera, lo normal sería que esto acabase otra vez en los tribunales con nuevas sentencias en contra, y esta vez sin que la administración pudiese alegar unos mínimos fundamentos de derecho, más que la conveniencia de un colectivo frente a otro que es exactamente igual.

Se declaran "colectivo afectado" los docentes que superaron el concurso-oposición el año pasado. A partir del año 2019, cuando se vio que las inmensas bolsas de interinidad iban a ser declaradas ilegales, se estuvo sacando a oposición un número anormalmente alto de plazas, que eran las plazas que ocupaban los interinos y su empleo de muchos años. Pero estas plazas se ofertaron por concurso-oposición y acabaron en manos de personas jóvenes sin experiencia, en parte porque su capacidad memorística era mayor y en parte porque muchos tribunales endurecieron anormalmente la parte memorística para filtrar a las personas de mayor edad, convencidos de que se les quitaría de en medio, se irían al paro y así ellos verían mejoradas sus condiciones en cuanto al acceso a cargos directivos, el concurso de traslados o simplemente la selección de los mejores grupos de alumnos. Estas oposiciones fueron un fracaso tan claro, especialmente porque quedó un gran número de plazas desiertas, que la Administración finalmente optó por convocar el concurso de méritos. Pero, mientras se convocaron esas oposiciones, estas personas tuvieron oportunidad de acceder a una plaza sin ninguna experiencia docente y con una nota de 5 en los exámenes, sin ningún mérito. Esas condiciones no las tuvieron los interinos, que en su juventud aprobaron muchos de ellos oposiciones con notas de 7 y 8 y no pudieron tener una plaza porque las administraciones incumplían la Directiva europea y no convocaban el número real de plazas necesarias. Y ahora estas personas creen que pueden seguir discriminando a estos interinos incluso cuando ya hayan sido nombrados funcionarios de carrera, y quieren mandarlos a destinos alejados de sus domicilios, cuando en su inmensa mayoría las profesoras que vayan a superar el concurso serán mujeres de mediana edad con hijos a su cargo y una vida ya muy consolidada en su ciudad, mientras que estas profesoras sin experiencia que han empezado a aprender a dar clase en su primer destino son mucho más jóvenes.

Las pretensiones de los sindicatos van a ser ilegales, los interinos volveremos a reclamar, están actuando con cobardía, trabajando para retirar derechos a un colectivo que aún no existe y que por lo tanto no se puede defender. Se hace un concurso para la "consolidación" y la "estabilización" y se pretende mandar a estas profesoras de 50 años a 200 km. de sus casas y que estén peor que de interinas. Los sindicatos, simplemente, no representan a los interinos, sus intereses están en otra parte. El único colectivo declarado en abuso por varias sentencias es el que va a ir al concurso de méritos y va a obtener plaza, aparte de muchos otros que no la obtendrán. El colectivo de profesores que ha accedido recientemente al cuerpo debe ajustarse a la normativa que haya, concursará con su experiencia reconocida una vez haya finalizado las prácticas, los derechos que puedan otras personas ver reconocidos después de sentencias del Supremo no son su problema, ni les afectan a ellos, ni deben andar buscando trucos para desvirtuar esas sentencias.

Por ello, simplemente ruego a la Sra. Ministra que proceda a la modificación del baremo del Concurso General de Traslados, como establece el Tribunal Supremo, y que ignore otras consideraciones. Mi apoyo lo tiene totalmente, y el de miles de profesores interinos que va a poder ver mejoradas sus condiciones precarias después de tantos años. Le mando un cordial saludo.

Pero doña Pilar, o mejor Pili, como la llaman en su pueblo, se quedó quieta, y ahora la situación es que la sentencia del Supremo no se ha aplicado en este último concurso de traslados, por lo que ya las adjudicaciones son reclamables y la normativa que está vigente es directamente nula y puede ser impugnada en cualquier momento.

El Ministerio sí que me respondió, mediante la Subdirección General de Personal, pero básicamente vino a decir que el concurso de traslados de ámbito estatal es cada dos años y que en los otros años cada comunidad autónoma suele organizar otro con sus propias reglas. Como el último concurso estatal ha sido en 2023, a mí me tocará el concurso de 2024, y ahí las normas ya dependerán de Mazón o el consejero que vaya a poner.

Lo que yo repito es que la sentencia del Supremo se tiene que cumplir y que cualquier normativa que la ignore va a ser nula, por lo que les digo a mis compañeros interinos que han ganado su plaza por concurso que se pongan las pilas, que guarden rápido las botellas de cava porque nos están haciendo la cama los mismos de siempre. La euforia inicial de haber sacado "la plaza" no va a ser nada comparada con tener que ir a recoger los destinos que sobran a muchos kilómetros de nuestros domicilios. Hay que volver a movilizar a los abogados, y hay que presionar a Mazón para que cumpla lo que pone en la STS 3176/2022.

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© A. Noguera